jueves, octubre 29, 2009

en bici sin luces/reflectantes 100 €


LEGISLACIÓN | Aprobación definitiva
Las novedades de la Ley de Tráfico



Las novedades de la Ley de Tráfico

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* Multas al 50% por 'pago exprés' y 100€ por ir en bici sin luminosos
* Se podrá pagar la sanción con tarjeta de crédito en la carretera

Efe | Madrid
Actualizado jueves 29/10/2009 19:15 horas


La nueva Ley de Tráfico incorpora, entre otras novedades, un sistema de notificación de las multas más ágil que, en ocasiones puede utilizar incluso el correo electrónico, el pago "in situ" con tarjeta de crédito, y un incremento del descuento por "pronto pago" de hasta el 50% del importe de la multa.

Además, la multa por circular en bicicleta sin luminosos por la noche será de 100 euros, las infracciones sólo se notificarán dos veces -en lugar de tres- y el carné sólo se perderá cuando al agotar los puntos o por decisión judicial.

Estas son las líneas básicas del nuevo procedimiento sancionador:

Infracciones leves, entre otras: circular en bicicleta sin alumbrado o no hacer uso de elementos y prendas reflectantes.

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* PRONTO PAGO. Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación se beneficiará de un descuento del 50%, aunque eso sí, perderá el derecho a recurrirla. El conductor podrá pagar la sanción en el momento con tarjeta de crédito.

* DOS NOTIFICACIONES EN LUGAR DE TRES. Las sanciones se notificarán dos veces, en lugar de las tres actuales. En el caso de los vehículos de empresa, se hará obligatoriamente a través del correo electrónico, sistema al que también se podrán acoger de forma voluntaria las personas físicas, a las que se asignará una Dirección Electrónica Vial (DEV).

MARGEN DE ERROR DE LOS RADARES

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* MARGEN DE ERROR DE LOS RADARES. Para evitar malas interpretaciones, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad, que oscilan, según el modelo de cinemómetro, entre el 3 y el 10%. Por contra, la nueva norma otorga cobertura legal a los radares "de tramo" que sancionarán a los conductores que sobrepasen una determinada velocidad media en un tramo de la vía.

La grúa podrá retirar un coche aparcado en zona azul cuando no haya colocado el tique.

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* GRÚA Y ZONA AZUL. La grúa podrá retirar un coche aparcado en zona azul cuando no haya colocado el tique que permita su estacionamiento o cuando triplique el tiempo abonado.

* LOS MOROSOS NO PODRÁN VENDER EL COCHE. Los titulares de un vehículo que acumule cuatro sanciones graves o muy graves firmes sin pagar no podrán realizar ningún trámite relativo al mismo, como la venta o el traspaso.

La nueva ley establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial.

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* EL DINERO DE LAS MULTAS IRÁ A LAS VÍCTIMAS DE ACCIDENTES. La nueva ley establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial. Una parte del total se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes.

* NUEVO IMPORTE DE LAS SANCIONES. Las sanciones leves serán castigadas con multa de hasta 100 euros; las graves con 200 y las muy graves con hasta 500 euros.

* NOVEDADES EN EL CATÁLOGO DE INFRACCIONES.
-Infracciones leves, entre otras: circular en bicicleta sin alumbrado o no hacer uso de elementos y prendas reflectantes.
- Infracciones graves: parar o estacionar en el carril bus, en curvas, en cambios de rasante, zonas de estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones, o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones. También: conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída, no impedir que el vehículo sea conducido por alguien que nunca ha obtenido el carné, conducir hablando por el móvil o manipulando el navegador.
- Infracciones muy graves: Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u otros mecanismos que interfieran el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como la manipulación del tacógrafo. También: Las actuaciones realizadas por autoridades o funcionares en el ejercicio de su responsabilidad que pongan en peligro la seguridad vial.


* NUEVA TABLA DE PÉRDIDA DE PUNTOS


- Seis puntos: conducir con un tasa del alcohol superior a la permitida, o bajos los efectos de las drogas, así como negarse a someterse a la prueba de alcoholemia. Circular de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras no autorizadas en la vía pública. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir los radares, o manipular los tacómetros o los limitadores de velocidad de los vehículos profesionales.
- Cuatro puntos: Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación. No respetar un ceda al paso, saltarse un stop o un semáforo en rojo. Adelantar en línea continua, entorpeciendo a los vehículos que circulan en sentido contrario o en condiciones de visibilidad reducida. Realizar la maniobra de marcha atrás en autovía, no respetar la distancia de seguridad o no atender las indicaciones de los agentes de tráfico.
- Tres puntos: No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o el casco. Conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar dispositivos de telefonía móvil o navegadores.


http://www.elmundo.es/elmundomotor/2009/10/29/conductores/1256830550.html

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