domingo, octubre 02, 2016

Rescàtame



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Dónde, cuándo, cuánto y por qué se cobran los rescates de montaña en España.

Los rescates de montaña en casos muy concretos y dependiendo de dónde o quien lo realice se pueden llegar a cobran, pero existen muchas dudas sobre esto. Así que vamos a intentar aclarar un poco en que lugares, que circunstancias deben concurrir y que cantidades se pagan por estos rescates, ya que es algo de lo que desde hace años se viene hablando mucho en los foros y grupos de excursionismo.




Quién realiza los rescates en España?: 
Empecemos hablando sobre quién se hace cargo los rescates de montaña, un servicio no siempre realizado por unidades de rescate publicas ya que en ocasiones se ha privatizado.

Los rescates de montañas son competencia de las Comunidades  Autónomas, realizando dicha labor en la mayoría de ellas el Servicio de Montaña de la Guardia Civil. Pero en algunas de ellas es realizado  por Bomberos, Ertzainza (País Vasco) o por otras unidades de rescate privadas contratadas por dichas comunidades. De eso va a depender que se acabe cobrando o no el coste de un rescate a la víctima de un accidente o incidente en la montaña que tenga que ser auxiliada.


En la mayor parte de España la Guardia Civil con el Servicio de Montaña se hace cargo de los rescates en montaña o medio natural, con las siguientes excepciones. Pincha para ver los telefonos directos de todos los equípos GREIM de España.

Madrid: los rescates en la Comunidad de Madrid los realiza el Grupo Especial de Rescate en Altura (GERA) de los Bomberos de la C.A. de  Madrid


Pais Vasco: los rescates son realizados por la Unidad de Vigilancia y Rescate de la Ertzaintza.

Cataluña: los rescates se realizan principalmente por los GRAE
(Grupo de Actuaciones Especiales de Bomberos de la Generalitat). En
ocasiones por la Unidad de Intervención en Montaña de Mossos d´Esquadra,
aunque como no están desplegados en toda la comunidad su actuación es
menor. En esta comunidad además existen dos Grupos de Montaña de la Guardia Civil en Puigcerdá y Viella, pero apenas se recurre a ellos por parte del 112 para estas labores.


Canarias:
los rescates son realizados por el Grupo de Emergencias y Salvamento (GES) de la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno Canario.


Castilla y León: los rescates los realizan unidades privadas de rescate contratadas por la administración autonómica.
Cantabria:
los rescate los realizan principalmente los Grupos de Intervención de Emergencias (GIE) de Protección Civil de Cantabria. También existen y
actúa en determinados casos el GREIM (Guardia Civil).


Asturias:
los rescates son realizados por Bomberos y Guardia Civil.


Dónde se cobran los recates de montaña?:
Si tenemos la suerte, dentro de la desgracia que puede ser tener que ser rescatado en la montaña, de que estemos en una Comunidad Autónoma en la
que el servicio lo presta el GREIM (Grupo Especial de Intervención en Montaña de la Guardia Civil), sabemos que no se nos cobrará ni un euro
por el rescate independientemente del uso o no de helicóptero.

Pero en el resto de las comunidades existe posibilidad de que en determinadas circunstancias se nos pueda exigir el pago del rescate.

Pero para que se pueda tramitar el cobro de un rescate a un accidentado, debe existir una legislación que regule y especifique.
Normativas o leyes sobre el cobro de rescates en España:
En España hay siete Comunidades Autónomas que han desarrollado reglamentos o leyes que permiten la aplicación de una tasa
por rescate

Cataluña:
fue la primera comunidad en establecer la Ley de Tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña


Asturias:
Tasa educativa para el cobro de rescates., permite el cobro de los rescates


Cantabria:
Ley de Tasas y precios públicos, que permite el cobro de los rescates

Castilla y León:

Existe una Ley de Protección de la Ciudadanía que contempla las infracciones que permitirían el cobro de las tasas.

Navarra: tiene una regulación especifica que permite el cobro de los rescates, pero como allí los efectúa mayoritariamente la Guardia Civil, normalmente no se llegará a cobrar a los usuarios directamente nunca un rescate, más bien se pretende cobrar a las aseguradoras de los montañeros federados que hayan tenido que ser rescatados.



País Vasco



El Gobierno Vasco aprobó en el mes de marzo de 2011 la Ley de Tasas y Precios Públicos, estableciendo la Tasa por Rastreo Recate o Salvamento de actividades de riesgo. En ella se especifica de forma muy clara las situaciones en las que se puede llegar a aplicar dicha tasa.


Canarias:

Ley 4/2012 de 25 de Junio de Medidas Administrativas y Fiscales
 establece en su Título XIII (Legislación tasas) las tasas por la prestación de determinados servicios de búsqueda, rescate y salvamento realizados por el Grupo de Emergencias y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias. Tasas por Rescates 

El Gobierno canario aclara que el senderismo no está incluido como una actividad peligrosa. Por lo tanto, si se realiza en condiciones correctas, la búsqueda, rescate y salvamento no tendrá como consecuencia la obligatoriedad de pagar tasa alguna. Sin embargo, si la actividad se practica ignorando las señales o las prohibiciones o, por ejemplo, discurre por algunas zonas donde se debió solicitar autorización y no se cuenta con ella, o se realiza sin la vestimenta, el calzado o el equipamiento adecuados, si podría general la obligación del pago del coste del rescate.

http://fonsienlared.blogspot.com.es/2016/09/donde-cuando-cuanto-y-porque-se-cobran.html?m=1

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