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lunes, febrero 18, 2013
Triatletas CV....En caso de accidente deportivo
En caso de accidente deportivo
Las licencias adultas requien la comunicación previa a la Federación a la hora de la tramitación de cualquier accidente deportivo.Las licencias escolares (Licencia única de Jocs) tramitan su asisnaegú el Protocolo de Asistencia Sanitaria , siendo obligatoira la cumplimentación del Parte de Accidente por parte del Club o entidad (no por la Federación). Más información en la normativa de la Consellería sobre Juegos Deportivos.
Seguro de accidentes deportivos
Actuación en caso de accidente
Seguro de Responsabilidad Civil
Seguro Obligatorio de Accidentes deportivos (excepto escolares)
La Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 849/1993 de 4 de Junio, ofrece el seguro de los accidentes ocurridos con motivo de la práctica deportiva de su especialidad.
Tendrán la consideración de asegurados los deportistas federados, ya sean amateurs, entrenadores, delegados o técnicos. Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita y ajena a la intencionalidad del asegurado, sobrevenida por el hecho u ocasión de la práctica deportiva.
Dentro de las garantías del seguro se incluyen los accidentes corporales por lesiones ocurridas en competiciones, en los entrenamientos organizados por los clubes e incluso in itínere.
La Federación de Triatlón de la Comunidad Valenciana y para la anualidad 2013 tiene concertada, con la mediación profesional de BERNARDO BONET CORREDURIA DE SEGUROS S.L. (Reg. DGSFP clave J-0444) la póliza de Accidentes Personales (póliza 055-1280486908) con la entidad MAPFRE VIDA
Garantías y capitales cubiertos
Fallecimiento accidental:
Como consecuencia de accidente deportivo: 6.015 euros (Para los menores de 14 años, gastos de sepelio): 3.010 euros
Cuando se produzca durante la práctica deportiva pero sin causa directa con la misma: 1.805 euros
Invalidez Permanente:
Se indemnizan las secuelas según baremo y hasta: 12.025 euros
Asistencia Sanitaria:
Las prestaciones derivadas de esta garantía serán efectuadas por clínicas y profesionales designados por la compañía aseguradora y en caso contrario, el asegurado asumirá a su cargo los gastos ocasionados. No obstante, en casos de urgencia, la compañía aseguradora abonará íntegramente los gastos que se deriven de los primeros auxilios, durante las 24 horas siguientes a la ocurrencia del accidente, con independencia de quién los preste.
Se cubre la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica (en régimen hospitalario) y sanatorial, durante un periodo posterior al accidente, de 18 meses y en cuantía ILIMITADA.
Se cubren los tratamientos de rehabilitación (no a domicilio) necesarios a consecuencia de un accidente cubierto en la póliza y durante un plazo desde la ocurrencia del mismo de 18 meses y en cuantía ILIMITADA.
Se cubren los gastos de traslado o evacuación desde el lugar del accidente hasta el ingreso definitivo en un hospital concertado, dentro del territorio nacional, hasta un máximo de 6.015 euros.
Para estas coberturas regirán las siguientes limitaciones:
El abono del material ortopédico necesario como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza (no prevención) se cubre hasta el 70 % de su coste
Cuando se produzca durante la práctica deportiva pero sin causa directa con la misma: 1.805 euros
Los gastos de odonto-estomatología, necesarios a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se cubren hasta un total de 245 euros.
La asistencia sanitaria prestada fuera del territorio español queda limitada hasta un total de 6.015 euros.
Normas de actuación en caso de accidente
El federado lesionado, inmediatamente después de la ocurrencia del accidente, deberá ponerse en contacto con la Federación (Tlfº 963462649 - info@triatlocv.org) o la Correduría bbonetcs@terra.es (Tlfº 960016056) a los efectos de informar de lo sucedido y cumplimentar un Parte de Comunicación de Accidente, que deberá ser firmado por el lesionado y la Federación.
Se hará constar los datos personales del lesionado, su número de licencia federativa, la fecha, lugar y forma de ocurrencia así como los daños físicos.
Se indicará también el Centro Medico Concertado en el que se prestará la asistencia.
El federado lesionado, deberá acudir al Centro Medico concertado, provisto del Parte de Comunicación de Accidente, cumplimentado y en el que previamente, la Correduría o la Federación, habrán incluido la referencia del expediente comunicado a MAPFRE VIDA.
En caso de Urgencia Vital, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el centro sanitario más próximo. La entidad aseguradora se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la ocurrencia del accidente. Una vez superada la primera asistencia de urgencia, el lesionado deberá ser trasladado a Centro Medico Concertado para continuar su tratamiento.
http://triatlocv.es/index.php/seguro
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