miércoles, diciembre 16, 2015

Carmena imputada en 3 delitos , hasta 15 años de càrcel




MADRID / FRAUDE FISCAL
Querella contra Carmena y Leira: tres delitos y hasta 15 años de prisión


R. C. . Madrid.

Los ex trabajadores de la empresa de Leira denunciaron al marido de Carmena por descapitalizar supuestamente su patrimonio
Los delitos que imputa Manos Limpias a Eduardo Leira, marido de la alcaldesa de Madrid –contra la Seguridad Social, contra los trabajadores e insolvencia punible–, están castigados con penas que oscilan entre los dos años y medio y los 15 años de cárcel. En el caso de Manuela Carmena, a quien el colectivo de funcionarios considera cooperadora necesaria de esa insolvencia punible con la que, supuestamente, Leira habría eludido el pago a sus trabajadores, el delito acarrea una pena de entre uno y cuatro años de prisión.

La querella –remitida a los juzgados de la capital por la jueza de Segovia que se hizo cargo de la denuncia del colectivo de funcionarios– desgrana las consecuencias penales que acarrean las conductas que atribuye Manos Limpias a la regidora y a su esposo por el proceso que concluyó en 2011 con la declaración de insolvencia de i3 Consultores, el despacho de arquitectura de Leira, lo que impidió a los trabajadores que tenía en nómina cobrar sus deudas pendientes con el arquitecto. El abogado de la alcaldesa de la capital de España y de su marido se puso en contacto ayer mismo con la procuradora del colectivo de funcionarios en relación a este asunto, según confirmaron fuentes jurídicas.

Según detalla en la denuncia el abogado de Manos Limpias, Pedro Muñoz Lorite, el hecho de que cuatro arquitectos de la empresa de Lorite estuvieran dados de alta como autónomos, encubriendo supuestamente una verdadera relación laboral, supuso una defraudación, al eludir el pago a la Seguridad Social de las cuotas correspondientes.

El artículo 307,1 del Código Penal castiga ese fraude con pena de prisión de uno a cinco años y una multa de hasta seis veces la cantidad impagada, siempre y cuando las cuotas defraudadas superen los 50.000 euros, una cuantía que –en caso de que se admita a trámite la denuncia– deberá determinar la propia Seguridad Social a instancias del juez instructor que conozca el asunto. Para determinar ese montante, «se estará al importe total defraudado durante cuatro años naturales» (el trabajador con mayor antigüedad de los cuatro que reclamaron judicialmente a Leira empezó a trabajar para i3 Consultores en marzo del año 2005).

En cuanto al delito contra los derechos de los trabajadores que Manos Limpias imputa al arquitecto –por mantenerlos como «falsos autónomos cuando realmente eran trabajadores por cuenta ajena» y firmarles un contrato con una categoría laboral inferior a la que les correspondía– está castigado con penas de prisión de seis meses a seis años.

Por último, el supuesto vaciado patrimonial que terminó en la insolvencia de la empresa acarrearía, en caso de que se considere insolvencia punible, una pena de uno a cuatro años de prisión. Manos Limpias mantiene que Carmena actuó como cooperadora necesaria al convertirse «en avalista de su marido» en un crédito solicitado por su empresa y recibir a posteriori en compensación el 100% de una finca propiedad en El Espinar (Segovia), lo que abocó a i3 Consultores a la situación de insolvencia que impidió cobrar a sus trabajadores. Sin esa actuación, «el delito no se habría producido», recalca el letrado del colectivo de funcionarios, que cita jurisprudencia del Tribunal Supremo para asegurar que el cooperador «no tiene por qué tener intención de defraudar a los acreedores del deudor cuando éste ya conozca que con su participación está cooperando en la ejecución del mismo delito».

El Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid archivó una denuncia por alzamiento de bienes en relación a los mismos hechos, aunque no entró a valorar el posible fraude a la Seguridad Social ni el delito contra los trabajadores que ahora incorpora a su denuncia Manos Limpias.

Entre otras diligencias, el abogado del colectivo de funcionarios pide al instructor que reclame al matrimonio la escritura de separación de bienes que firmó en noviembre de 1993 y sus declaraciones fiscales, que el Banco de España relacione todas las cuentas bancarias de Carmena y Leira, y que se tase la finca de El Espinar para comprobar si se vendió a precio de mercado.

http://www.larazon.es/local/madrid/querella-contra-carmena-y-leira-tres-delitos-y-hasta-15-anos-de-prision-DD11477433#.Ttt1CFIKJ3hTlNW


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La Justicia investiga a Carmena por el negocio de su marido

La alcaldesa de Madrid, Manuel Carmena, ya cuenta con la primera causa en los juzgados de Madrid. El origen está en la querella interpuesta por el Colectivo de Funcionarios Manos Limpias contra ella y su marido, Eduardo Leira, en relación a todo el procedimiento seguido por la declaración de insolvencia de la empresa de arquitectura de éste, que dejó sin percibir sus honorarios a los trabajadores que tenía en nómina. Carmena, según la querella, habría contribuido eficazmente a «salvar» el patrimonio familiar ofreciéndose a ser «avalista» de la sociedad de su marido y «garantizando así la despatrimonialización» de Leira.
La querella fue presentada en un juzgado de Segovia, provincia donde estaba el inmueble que le «traspasó» su marido. Sin embargo, la magistrada Beatriz Rico ha remitido el procedimiento a los juzgados de Madrid por entender que la competencia corresponde a éstos. Pero en el auto de inhibición, la magistrada acuerda incoar procedimiento abreviado porque aprecia que los hechos a que se refieren estas actuaciones «hacen presumir la posible existencia de una infracción penal tipificada contra la Seguridad Social, contra el Derecho de los trabajadores e insolvencia punible». La acción popular imputa los tres delitos a Leira en concepto de autor, mientras que a Carmena le considera cooperadora en la última de esas infracciones penales.

En relación con lo anterior, la querella alude a cómo el marido, como administrador único de su sociedad de arquitectura, de Carmena formalizó con cuatro trabajadores contratos indefinidos completo como técnicos de cálculo, es decir, como personal sin titulación, con lo que «subyacía una relación laboral por cuenta ajena bajo la condición jurídica de falso trabajador autónomo». Sin embargo, la realidad era que prestaban sus servicios como «arquitectos colaboradores», realizando proyectos que, posteriormente, Leira «formaba como arquitecto en los que los trabajadores participaban y él firmaba como arquitecto encargado de controlar, dirigir y supervisar el trabajo del equipo del que formaba parte».

Sin embargo, en 2010, los trabajadores dejaron de percibir sus salarios, lo que llevó a éstos a emprender acciones legales. En 2011, un juzgado de lo Social ordenaba investigar el patrimonio societario, «momento en que se constató la falta de patrimonio y situación de insolvencia para hacer frente a las mismas».

Lo llamativo es que, de acuerdo a la querella interpuesta, cuando se dictó esa sentencia, Leira ya había traspasado, unos meses antes, «todos sus bienes a su mujer, Manuela Carmena». «De esta forma, el Sr. Leira alzó determinados bienes, entre ellos una finca situado en El Espinar, a la señora Carmena, su propia esposa, generando una reducción patrimonial y el consiguiente aumente en el de ésta», se afirma al respecto. Además, se transmitieron las oficinas de la sociedad del marido de la actual regidora de Madrid, que formaban parte del patrimonio privativo de Leira, por debajo del valor de su mercado, «y la transmisión de un tercio del valor de la venta a la señora Carmena, hechos que conducen a pensar en un presunto comportamiento dirigido a crear una situación de insolverncia en torno» al marido de la alcaldesa de Madrid.
Para la acción popular, lo que ocurrió en realidad es que con todo ello, lo que se produjo fue una «fuga encubierta del capital y patrimonio perteneciente» a Leira, pues el 7 de octubre de 2011, su mujer, Manuela Carmena, adquirió el 100% del pleno dominio, con carácter privativo por título de dación en pago, de la finca que tiene en el municipio segoviano de El Espinar. De esta forma, añade la querella, el marido de la regidora, aprovechándose de una situación crediticia que había contribuido y dejado de asumir, en la que su mujer se configuraba como avalista, «ésta asumió toda la responsabilidad, generando en el seno del matrimonio una deuda entre ambos que él satisfizo, trasladando la propiedad del inmueble de referencia, desprendiéndose así de uno de los elementos de más valor de su patrimonio», como «pago» a su mujer, que figuraba como su avalista.

De hecho, Carmena figuraba como «acreedora» de su marido. Así figuraba en la relación de acreedores que Leira presentó en el juzgado con la solicitud de declaración de concurso voluntario de su empresa de arquitectura.

De todo lo anterior se desprende, señala al respecto Manos Limpias en su querella, «cuando menos», el ánimo por parte del marido de Carmena de «trabajar y reducir en posibilidades el cobro de las indemnizaciones de los trabajadores» que se seguía en un juzgado de lo Social de Madrid, «al generar una deuda cuya responsabilidad asumiera su esposa, como avalista, y así crear un crédito dentro del matrimonio que permitiera acreditar, sin levantar inmediatamente sospechas, el traslado de la propiedad de uno de los bienes inmuebles del patrimonio de él al de ella».

Llamativa separación de bienes

Pero especialmente llamativo resulta que el matrimonio se encontraba en régimen de gananciales, «hasta unos meses antes de que fueran declarados insuficientes los bienes patrimoniales» de la empresa del marido de Carmena, «evitando así que pudieran abonarse las deudas que aquél tenía para con los trabajadores de su estudio».
Para Manos Limpias, el comportamiento de Carmena resulta «ignominioso, y más aún cuando la misma ha concurrido a unas elecciones locales presentándose como una defensora de los derechos de los trabajadores, cuando, presuntamente, ha podido colaborar con su marido para facilitar el vaciamiento patrimonial de éste, coincidiendo casualmente el establecimiento del régimen de separación de bienes en su matrimonio y el posterior alzamiento de bienes de su marido, cuando ella misma se jubila de la judicatura, y, en consecuencia, dificultar el abono de los salarios e intereses a favor de los trabajadores» de la empresa de su marido.

http://www.larazon.es/local/madrid/la-justicia-investiga-a-carmena-por-el-negocio-de-su-marido-JC11467806#.Ttt1VUyCeNXoStB

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