sábado, octubre 02, 2010

denuncia , en la web y en facebook



Preguntas más frecuentes

1.

¿Quién investiga los Delitos Informáticos en la Guardia Civil?

Como unidad especializada, el GRUPO DE DELITOS TELEMÁTICOS (GDT), que pertenece a la Unidad Central Operativa (UCO) de la jefatura de Policía Judicial.

Además, en cada una de las provincias de España, dentro de la Unidad Orgánica de Policía Judicial, se han creado Equipos de Investigación Tecnológica (EDITE,s) con personal formado para atender las investigaciones básicas sobre delincuencia informática.
2.

¿Se puede colaborar con la Guardia Civil?

Las unidades de investigación de la Guardia Civil están formadas únicamente por Guardias Civiles. Pero en su trabajo, cuentan con un gran aliado, la colaboración ciudadana.

Si Vd. identifica un problema de seguridad en la red, localiza un contenido ilícito o cree haber detectado u observado una conducta que pudiera ser delictiva, puede comunicarlo al GDT. Igualmente, si Vd. posee unos amplios conocimientos informáticos y está dispuesto a ayudar de una forma altruista, comuníquelo al GDT.

El GDT dispone de una pagina web www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/colabora.php para recibir esa información procedente de los ciudadanos. Todo lo que en ella se recibe es tratado con la máxima discreción.
3.

¿Puedo remitir cualquier tipo de información?

No. El GDT está creado para perseguir los delitos informáticos. Por ello sólo se atienden aquellas informaciones de los ciudadanos referentes a asuntos vinculados a la delincuencia informática y las nuevas tecnologías, o los ofrecimientos de colaboración.

Para informar sobre cualquier otro tema la Guardia Civil cuenta con una Oficina virtual de Atención al Ciudadano donde encontrará el cauce de comunicación adecuado.
4.

¿Puedo informar de un problema de configuración o seguridad en mi ordenador? ¿A quién debo dirigirme?

El GDT es una unidad de investigación de ilícitos penales. No podemos atender los problemas de índole técnico. Para ello debe acudir a un técnico informático que valore el incidente y le explique lo sucedido. Si lo que le ha ocurrido encaja en algunas de las conductas tipificadas como delitos, no dude en denunciarlo.
5.

¿Qué pasa con las informaciones que aporto?

Algunas de las informaciones que usted facilita pueden dar lugar a investigaciones penales, otras serán descartadas, pero todas ellas serán valoradas y tratadas con la máxima discreción. Si usted desea informar anónimamente, pude hacerlo. Le bastará con no facilitar sus datos personales en la comunicación que realice.

Únicamente nos pondremos en contacto con los informantes si precisamos ampliación de datos o aclarar la noticia y si ha dejado sus datos de contacto (email o teléfono). No espere otra respuesta nuestra. Esta es una vía de información, no de denuncia.
6.

¿Tiene mi información valor de denuncia?

No. Aunque usted se identifique, su información no tiene el valor de denuncia formal. Ésta sólo sirve para informar a los investigadores de un presunto hecho delictivo.
En nuestro ordenamiento jurídico, en la LECRIM (artículo 265), se especifica que la denuncia ha de ser con personación o por medio de mandatario con poder especial. No cabe la denuncia telemática.
7. ¿Cómo denuncio ?

Para denunciar ha de acudir personalmente o su representante legal a un centro policial o judicial.
En nuestra página web encontrará un formulario para denunciar https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/denuncia.php que podrá rellenar en su domicilio, imprimir y llevar a un centro policial o judicial, acreditando su identidad.

8.

¿Qué aporto en la denuncia?

La denuncia consiste en la manifestación del conocimiento de un hecho delictivo, apoyándose en elementos de prueba que demuestren o justifiquen la existencia real de los hechos denunciados o, aquellos indicios que en su conjunto permitan apreciar los hechos (log o registro de sucesos, disquetes, discos duros, emails, etc.). Por ello es muy importante que acompañe la denuncia de todos los documentos electrónicos que pueda.
El documento electrónico ha de ser en formato digital. No es aconsejable llevarlo impreso, pues éste no tiene valor de prueba.

9.

¿Cómo y dónde presento una denuncia?

La denuncia debe ser presentada en persona o a través de un tercero con poderes notariales, en el Juzgado de Guardia o en dependencias policiales, en este caso, en la Oficina de Denuncias de cualquier acuartelamiento de la Guardia Civil, acreditando la identidad del denunciante y rubricando la denuncia.

La persona que la reciba, al tratarse de delincuencia especializada, dará traslado de la misma a la Unidad con capacidad técnica para realizar la investigación, esto es, los Equipos de Investigación Tecnológica (EDITE,s) de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia. En el caso de que los hechos revistan gran complejidad, trascendencia pública o los afectados estén distribuidos en varias provincias, se dará traslado al GDT.
10.

¿Qué sucede con mi denuncia?

Una vez presentada la denuncia ante la Guardia Civil, los Agentes encargados de la investigación realizarán el atestado policial que acompañará la denuncia ante la Autoridad Judicial.

En el atestado se informará al Juez de las medidas adoptadas por los Agentes para asegurar las pruebas y se le propondrá que acuerde aquellas medidas de investigación dirigidas a esclarecer los hechos e identificar a los autores




https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/home_alerta.php


http://www.facebook.com/GrupoDelitosTelematicos?ref=search&v=wall

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