viernes, agosto 02, 2013

ni en pintura... prohibido prohibir MTB sierra de guara



màs chorizos que en el congreso...





corre por etiopìa, puigcerdà 15/08/2013 - 09:30
http://dreamrunners.org/





Jerome Clementz,Les 2 Alpes y Megavalanche


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Fin de obras, pintores y certificados energèticos...



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Ayuda para evitar la prohibición de pedalear por las sendas del Parque Natural Sierra de Guara
Jorf
01/08/2013 - 12:16
Ayuda para evitar la prohibición de pedalear por las sendas del Parque Natural Sierra de Guara
Una noticia tan lamentable como esperada, y es que desde el Gobierno de Aragón, en la nueva redacción del Plan Rector de Uso y Gestión que actualmente se encuentra en periodo de alegaciones, se quiere prohibir la bici en todos los senderos y caminos del Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara, acotándose su uso exclusivamente a los lugares permitidos para el tráfico rodado. Esto es, nos igualan a los coches, motos, caminoes... como ha ocurrido a en otros lugares.

Desde la Zona Zero, conjuntamente con muchas otras asociaciones y administraciones de la zona, estamos trabajando para revertir esta legislación, de manera que se reconozca la bici como otra actividad más del medio natural, como puede ser el senderismo, barrancos, escalada, caballos... Que se valore el nulo impacto que hace el ciclista en Guara, y que se solucionen los problemas que puedan surgir uno a uno, y no con una decisión salomónica que, si bien corta de raiz el problema, crea otros mucho mayores, porque la bici es una de las actividades de futuro en cuanto a turismo sostenible, y más en esta amplia zona de Huesca, como ya ha demostrado Zona Zero en estos dos años y medio de andadura.

Adjuntamos en esta noticia el texto de alegaciones que hemos consensuado entre varias asociaciones y administraciones (Comarcas de Somontano y Alto Gállego, Zona Zero, Centro BTT Alto Gállego, Asociaciones empresariales de Sierra de Guara y Sobrarbe, INIZIA...)

Si estáis de acuerdo con él y queréis ayudar, podéis todos (particulares, organizaciones, empresas, administraciones, asociaciones...) firmarlo y hacerlo llegar por carta, antes del 16 de agosto, al Gobierno de Aragón (la dirección está al final del texto)

Regulación, uso compartido y sentido común, SI. Prohibiciones arbitrarias, NO. Hagamos fuerza, que se nos respete!!

firma la peticiòn...
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D.…………………………………………………………………….Presidente de la Comarca ………………..../ Federación de/ Club/ Asociación / , con DNI/CIF ………………......, y domicilio a efectos de notificaciones en C/ …………………………………………………………………………………………….. , en su caso facultado para este acto por acuerdo de ……………………….,teniendo conocimiento de que la Dirección General del Medio Natural del Gobierno de Aragón, ha sometido a información pública el proyecto de Decreto por el que se aprueba EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NATURAL DE LA SIERRA Y LOS CAÑONES DE GUARA, por medio de la presente, comparece en tiempo y forma en dicho periodo formulando la siguiente ALEGACIÓN:

La Ley 14/1990, de 27 de diciembre, por la que se declara el Parque de la Sierra y Cañones de Guara, en consonancia con el artículo 30 de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón establecía la obligación legal de dotar a este espacio natural protegido de un plan de gestión.
Desde la aprobación de ambas Leyes, las normativas medio ambientales aprobadas por las Administraciones centrales y autonómicas, las prácticas medio ambientales, y toda la sociedad en general, han incorporado nuevos valores que impregnan la regulacion en cuanto a la protección, el uso y disfrute de estos espacios. Entre ellos podemos citar los siguientes:
-Contribuir a un desarrollo sostenible del territorio y las poblaciones situadas en las áreas de influencia de los espacios protegidos.
-La mejora de la calidad de vida de los habitantes de las zonas reguladas, mediante la adopción de medidas de dinamización y desarrollo económico, dirigidas especialmente a las actividades relacionadas con el uso público, el turismo, silvicultura, ganadería y agricultura
-El mantenimiento y rejuvenecimiento de la población humana, de la que depende en gran medida el mantenimiento de la actividad agropecuaria tradicional, el desarrollo de los sectores turístico y de servicios y la conservación del patrimonio etnográfico y del entorno.
-La conciliación de la protección de la riqueza natural y el paisaje histórico y cultural, con las necesidades y legítimas expectativas de todos aquellos que encuentran en los territorios protegidos su espacio vital o un lugar para su ocio y esparcimiento.

Estos nuevos parámetros han determinado que una de las principales vocaciones de los espacios naturales protegidos, y por ende de los Parques naturales, es el uso público, y no sólo la protección.
Con este espíritu el Gobierno de Aragón ha elaborado una nueva Ley de Montes, en la que se han introducido nuevos criterios que regirán los montes en la Comunidad Autónoma, criterios que abandonan las determinaciones exclusivamente proteccionistas, dando cabida a nuevos usos y actividades complementarias de lo que hoy en día se considera debe ser un concepto sostenible de los montes.

Igualmente el borrador del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara, en su artículo 1.13 establece como objetivo, entre otros, el impulso del desarrollo socioeconómico del entorno del Parque, fomentando aquellas actividades que contribuyan al adecuado equilibrio entre conservación de la naturaleza y desarrollo de los habitantes locales.

Uno de los problemas estructurales de la actividad económica más importante de la provincia de Huesca, la turística, es la estacionalidad. La apuesta clara de todas las Administraciones pasa por romper esta dinámica, para lo cual se han puesto en marcha por las Administraciones, planes de dinamización turística ofertando múltiples actividades turísticas y deportivas.
La bicicleta de montaña se ha convertido en una de las actividades deportivas que contribuye de forma decidida al desarrollo de todas las poblaciones que se encuentran en el territorio del Parque, dinamizando cada fin de semana y a diario la economía local con su aportación, nada despreciable, en hostelería y servicios. Son muchas las empresas del sector ciclista que se van asentando en los municipios limítrofes al territorio del Parque, generando actividad económica y puestos de trabajo.
El ciclismo de montaña contribuye decididamente a la conservación del patrimonio y al mantenimiento de los senderos de montaña, que han caído en desuso por el abandono de las labores en el monte y en agricultura. El ciclista de montaña se caracteriza por tener un nivel adquisitivo que “consume” servicios turísticos.
Las rutas de la Comarca del Somontano, la Centro BTT de ámbito comarcal Zona Zero de Aínsa, el espacio BTT de la Comarca del Alto Gállego, o los proyectos de la Asociación de la Sierra de Guara, son ejemplos de todo ello. Existen datos concretos de la influencia de esta actividad en la zona. En el caso de la Zona Zero, los datos son explícitos: 3800 pernoctaciones en Sobrarbe en los primeros 6 meses de vida, y una proyección para este año 2013 de superar las 10.000 pernoctaciones holgadamente, lo que supone un impacto económico en la zona superior al millón de euro.
La iniciativa privada también está desarrollando centros de BTT, recorridos y establecimientos que ofertan estos servicios.
Alguna de estas rutas impulsadas por iniciativa pública o privada ha contado con las preceptivas autorizaciones de los organismos competentes en materia medio ambiental.
No se entiende por ello el trato discriminatorio y excluyente que se da a esta práctica deportiva en el Decreto por el que se aprueba en el PORN aprobado por Decreto 164/97 en el que sólo se permite la práctica del ciclismo por las carreteras, caminos y pistas destinadas al tránsito rodado. No se puede asimilar la bicicleta de montaña a los vehículos de motor y por tanto al tránsito rodado. La BTT es una práctica deportiva asimilable en cualquier caso al senderismo y a las actividades al aire libre. La práctica de esta actividad no provoca por si misma molestias a la fauna o alteraciones del medio natural. No existe ningún estudio en el que se demuestre si es preciso una regulación restrictiva de esta práctica, por lo que una prohibición indiscriminada se entiende como una aplicación arbitraria de regulaciones innecesarias e injustificadas.

La bicicleta tiene un impacto sobre las pistas, caminos, senderos y vías pecuarias similar al del senderismo o la actividad ecuestre y entendemos que la solución pasa por una serie de medidas encaminadas a educar a los distintos usuarios de los espacios naturales protegidos.
Es comprensible que esta práctica deportiva se prohíba en las zonas de reserva, y por campo a través, pero no en las zonas de uso compatible, uso limitado y uso general.
En los borradores del PRUG de junio de 2012, agosto 2012 y febrero de 2013 se equiparaban las excursiones ecuestres y de bicicleta de montaña, permitiéndose su práctica por pistas, caminos, vías pecuarias y senderos que reúnan las condiciones para tales fines, por ello deberían ser contempladas como un uso turístico y deportivo.

Por todo ello se propone recuperar esa redacción mediante la inclusión de un nuevo apartado en el borrador del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Guara artículo 15.1.G. Usos turísticos y deportivos.
1. Actividades al aire libre:
g).- Las excursiones ecuestres y de bicicleta de montaña se practicarán por pista caminos, vías pecuarias y senderos que reúnan condiciones para tales fines.
La definición de sendero que reúne las condiciones para la práctica de la BTT debe atender a criterios como:
- Que no se ubiquen en Zona de Reserva.
- Que la práctica de la BTT no ponga en peligro a las distintas especies.
- Que exista un interés en ser impulsados y promocionados por los distintos entes públicos o privados.
No se permite la circulación de bicicletas campo a través.



Así mismo, se propone la inclusión de una nueva “Directriz Específica 1.7” en la “Directriz 1. Proporcionar los medios necesarios para el disfrute y contacto con la naturaleza sin comprometer los objetivos de conservación”, con la siguiente redacción:

Directriz Específica 1.7.- Difundir unas pautas de comportamiento y sensibilización para los practicantes de bicicleta de montaña.

Estas pautas han de pasar por las siguientes recomendaciones:
- Circular solo por los lugares permitidos, respetando la propiedad privada y las diferentes limitaciones. Nunca ciclar campo a través.
- Controlar la velocidad y no dejar huella mediante derrapes o frenadas, evitando así la erosión del terreno.
- Ceder siempre el paso a senderistas, jinetes u otros usuarios. Hazte sentir, evita asustar y reduce la velocidad en los cruces.
- Respetar a los animales y no hacer ruido innecesariamente. Respetar también los usos tradicionales.
- Planificar la salida y equiparse adecuadamente. Utilizar siempre el casco.


En XXXXXXXXX, a 30 de julio de 2013
XXXXXXXXXXX







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